jueves, 5 de diciembre de 2013

Novilleros que se presentaron en Las Ventas con Picadores en 2013

Plaza de Toros de
Las Ventas
Novilleros que se presentaron con Picadores en 2013
 
14 de abril de 2013
Álvaro Sanlúcar
Álvaro Odero Ramírez
Nació en: Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) el 23 de octubre de 1990
Debut con picadores:  2 de marzo de 2012
Debut en Las Ventas: 14 de abril de 2013
Ganadería El Serano
Novillo Altanero
Nº 13
Capa Negro
kilos 475, 11/09
Resultado Saludos
 
 Brandon Campos
Brandon Yael Campos Medina
Nació en: Querétaro (México), el 4 de marzo de 1994
Debut con picadores: Garlin (Francia), el 15 de abril de 2012
Debut en Las Ventas: 14 de abril de 2013
Ganadería El Serrano
Novillo Ventolero
Nº 31
Capa Castaño
kilos 468, 11/09
Resultado Silencio con un aviso
 
 
21 de abril de 2013 
Roberto Blanco
Roberto Blanco López 
Nació en: Medina del Campo (Valladolid), el 13 de agosto de 1993
Debut con picadores: Pozuelo de Alarcón (Madrid), el 10 de septiembre de 2011
Debut en Las Ventas: 21 de abril de 2013
Ganadería Hnos. Collado Ruiz
Novillo Nativo
Nº 7
Capa Negro
kilos 414, 5/09
Resultado Silencio con un aviso
 
 Tomás Campos
Tomás Campos De Diego
Nació en: Llerena (Badajoz), el 24 de abril de 1992
Debut con picadores: Olivenza (Badajoz), el 2 de marzo de 2012
Debut en Las Ventas: 21 de abril de 2013
 Ganadería Hnos. Collado Ruiz
Novillo Caracol
Nº 8
Capa Negro listón
kilos 468, 9/09
Resultado Saludos
 
 
1 de mayo de 2013 
Imanol Sánchez

Imanol Sánchez Vizcor
Nació en: Zaragoza, el 6 de noviembre de 1988
Debut con picadores: Sangüesa (Navarra), el 17 de septiembre de 2008
Debut en Las Ventas: 1 de mayo de 2013
Ganadería El Montecillo
Novillo Planeador
Nº 3
Capa Negro
kilos 460, 12/09
Resultado Silencio con un aviso
 
 Juan Millán

Juan Francisco Millán Salcedo
Nació en: Alcalá de Henares (Madrid), el 28 de diciembre de 1987
Debut con picadores: Hellín (Albacete), el 23 de abril de 2011
Debut en Las Ventas: 1 de mayo de 2013
 Ganadería El Montecillo
Novillo Fregonero
Nº 34
Capa Negro bragao meano
kilos 450, 12/09
Resultado Saludos con un aviso
 
27 de mayo de 2013  
Curro de la Casa
Francisco Sanz de la Casa
Nació en Guadalajara, el 10 de septiembre de 1993
Debut con picadores Guadalajara, el 27 de mayo de 2012
Debut en Las Ventas 27 de mayo de 2013
Ganadería Carmen Segovia
Novillo Charrito
Nº 8
Capa Negro listón
kilos 460, 7/09
Resultado Palmas con un aviso
 
Sebastián Ritter

Juan Sebastián Ritter López
Nació en Medellín-Antioquia (Colombia), el 11 de julio de 1992
Debut con picadores Moralzarzal (Madrid), el 2 de junio de 2012
Debut en Las Ventas 27 de mayo de 2013
 Ganadería Carmen Segovia
Novillo Protestón
Nº 17
Capa Negro bragao meano girón
kilos 457, 4/10
Resultado Silencio
 
7 de julio de 2013 
"Chocolate"

Juan José Bellido
Nació en: Madrid, el 11 de febrero de 1989
Debut con picadores: Villaviciosa de Odón  25 de septiembre de 2011
Debut en Las Ventas: 7 de julio de 2013
 Ganadería  El Puerto de San Lorenzo
Novillo Langostillo
Nº 183
Capa Negro
kilos 454, 3/10
Resultado Palmas con un aviso
 
14 de julio de 2013 
Mario Diéguez
Mario Diéguez Suárez
Nació en: Coria del Río (Sevilla), el 14 de julio de 1985
Debut con picadores: Saint Sever (Francia), el 23 de agosto de 2009
Debut en Las Ventas: 14 de julio de 2013
 Ganadería La Guadamilla
Novillo Alado
Nº 18
Capa Colorao
kilos 460, 2/10
Resultado Saludos
 
 21 de julio de 2013 
Pablo Santana
Pablo Santana San Juan
Nació en: Valladolid, el 8 de abril de 1989
Debut con picadores: Cáceres, el 27 de mayo de 2011
Debut en Las Ventas: 21 de julio de 2013
Ganadería Buenavista
Novillo Facilón
Nº 8
Capa Negro listón chorreado bragado meano corrido
kilos 523, 2/10
Resultado Silencio con un aviso

Juan Miguel Benito  
Juan Miguel Benito Algovia
Nació en: Colmenar de Oreja (Madrid), el 22 de junio de 1986
Debut con picadores: Chinchón (Madrid), el 15 de agosto de 2011
Debut en Las Ventas: 21 de julio de 2013
Ganadería Buenavista
Novillo Halagado
Nº 60
Capa Negro
kilos 525, 1/10
Resultado Silencio con un aviso
 
 
 28 de julio de 2013 
Cayetano Ortiz

Gaetan Vidal Ortiz
Nació en: Beziers (Francia), el 18 de septiembre de 1990
Debut con picadores: Talamanca del Jarama (Madrid), el 25 de abril de 2010
Debut en Las Ventas: 28 de julio de 2013
Ganadería Julio García
Novillo Adulador
Nº 22
Capa Negro
kilos 494, 11/09
Resultado Silencio con un aviso
 
 Sergio Felipe
Sergio Felipe Sánchez 
Nació en: Albacete, el 13 de agosto de 1991
Debut con picadores: Albacete, el 10 de septiembre de 2011
Debut en Las Ventas: 28 de julio de 2013
 Ganadería Julio García
Novillo Iluminado
Nº 11
Capa negro listón
kilos 528, 9/09
Resultado Saludos con un aviso

4 de agosto de 2013 
Miguel Maestro

Miguel Ángel Gómez Maestro
Nació en: Madrid, el 14 de octubre de 1984
Debut con picadores: La Granja de San Ildefonso (Segovia), el 25 de agosto de 2001
Debut en Las Ventas: 4 de agosto de 2013
 Ganadería Hnos. Sánchez Herrero
Novillo Romino
Nº 16
Capa Negro listón chorreao
kilos 490, 3/10
Resultado Palmas
 
11 de agosto de 2013 
Santiago Fausto
Santiago Fausto
Santiago Fausto Zorrilla Vázquez Mellado
Nació en: Querétano (México), el 16 de febrero de 1988
Debut con picadores: Juriquilla (México), el 26 de enero de 2007
Debut en Las Ventas: 11 de agosto de 2013
 Ganadería Hnos. Mateos Sánchez
Novillo Alcagüeto
Nº 8
Capa Negro
kilos 471, 5/10
Resultado Silencio con un aviso

18 de Agosto de 2013 
José Ignacio Rodríguez
José Ignacio Rodríguez Barba 
Nació en: Albacete, el 17 de diciembre de 1987
Debut con picadores: Casa Ibáñez (Albacete), el 28 de marzo de 2010
Debut en Las Ventas: 18 de agosto de 2013
 Ganadería Julio de la Puerta
Novillo Malabarista
Nº 24
Capa Castaño
kilos 512, 9/09
Resultado Silencio con un aviso
 
1 de Septiembre de 2013 
Jorge Escudero
Jorge Escudero Cordovilla
Nació en: Valladolid, el 20 de mayo de 1989
Debut con picadores: Valladolid, el 15 de mayo de 2010
Debut en Las Ventas: 1 de septiembre de 2013
Ganadería Aurelio Hernando
Novillo Bombonero
Nº 16
Capa Negro
kilos 506, 2/10
Resultado Herido por su primero nada más comenzar la lidia
 
Diego Fernández
Diego Fernández Hernández
Nació en: Palencia, el 13 de marzo de 1987
Debut con picadores: Villada (Palencia), el 20 de junio de 2010
Debut en Las Ventas: 1 de septiembre de 2013
Ganadería Aurelio Hernando
Novillo Bombonero
Nº 16
Capa Negro
kilos 506, 2/10
Resultado Silencio
 
 
 8 de Septiembre de 2013 
"Chicuelo de Hellín"

Manuel Cuenca
Nació en Hellín (Albacete) el 30 de abril de 1990
Debut con picadores Collado Villalba (Madrid), el 16 de junio de 2012
Debut en Las Ventas 8 de septiembre de 2013
Ganadería Toros de Mollalta
Novillo Tremendo
Nº 8
Capa Castaño
kilos 448, 10/09
Resultado Silencio con un aviso
 
 
15 de Septiembre de 2013 
Javier de Prado

Javier Díaz Pascual
Nació en Monroy (Cáceres), el 14 de agosto de 1993
Debut con picadores Mombeltrán (Ávila), el 30 de junio de 2013
Debut en Las Ventas 15 de septiembre de 2013
Ganadería Prieto de la Cal
Novillo Felino
Nº 11
Capa  Melocotón
kilos 454, 10/09
Resultado Silencio
  
22 de Septiembre de 2013 
Fran Gómez
Francisco Antonio Gómez Fariña
Nació en Cádiz, el 14 de marzo de 1991
Debut con picadores Puerto de Santa María (Cádiz), el 15 de agosto de 2009
Debut en Las Ventas 22 de septiembre de 2013
Ganadería Concha y Sierra
Novillo Pingüino
Nº 18
Capa Castaño salpicado
kilos 468, 2/10
Resultado Saludos
 
'El Pijorro'

Sergio Salas
Nació en  Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) el 6 de septiembre de 1993
Debut con picadores Puerto de Santa María (Cádiz), el  28 de abril de 2013
Debut en Las Ventas 22 de septiembre de 2013
Ganadería Concha y Sierra
Novillo Mañico
Nº 17
Capa Negro bragao meano axiblanco
kilos 456,  2/10
Resultado Silencio con dos avisos
 
 

miércoles, 13 de noviembre de 2013

El BOE publica la ley que declara la Tauromaquia Patrimonio Cultural
 
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272 Miércoles 13 de noviembre de 2013 Sec. I. Pág. 90737
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley:
PREÁMBULO
La Tauromaquia forma parte del patrimonio histórico y cultural común de todos los españoles, en cuanto actividad enraizada en nuestra historia y en nuestro acervo cultural común, como así lo demuestran las partidas de Alfonso X el Sabio, que ya en el siglo XIII contemplaban y regulaban esta materia.
Las fiestas o espectáculos taurinos, incluyen no sólo a las corridas de toros sino un numeroso conjunto de tradiciones y festejos populares vinculados al mundo del toro, que a su vez comprenden lo que hoy entendemos por «Tauromaquia». Todo esto es signo de identidad colectiva, y ello justifica que su preservación corresponda y competa a todos los poderes públicos.
El carácter cultural de la Tauromaquia es indiscutible y merece ser preservado como un tesoro propio de nuestro país, rico en culturas distintas. Esa específica manifestación cultural ha sido, incluso, exportada a otros países que la desarrollan, promocionan y protegen.
La Tauromaquia es una manifestación artística en sí misma desvinculada de ideologías en la que se resaltan valores profundamente humanos como puedan ser la inteligencia, el valor, la estética, la solidaridad, o el raciocinio como forma de control de la fuerza bruta. A ello hay que añadir que forma parte de la cultura tradicional y popular, como conjunto de las manifestaciones, conocimientos, actividades y creencias pasados y presentes de la memoria colectiva, siendo uno de los puntos de referencia a partir del cual las iniciativas de la sociedad se enmarcan en un contexto configurador de la identidad nacional propia, arraigada en una pluralidad de formas de expresión popular.
La sociedad española es muy diversa y dentro de esa diversidad encontramos grandes aficionados y a su vez muchos ciudadanos que han manifestado su preocupación por el trato que reciben los animales durante los espectáculos taurinos. Conscientes de la heterogeneidad de la sociedad, también debemos admitir que, actualmente, existe un consenso en la aceptación mayoritaria del carácter cultural, histórico y tradicional de la Tauromaquia como parte esencial del Patrimonio Histórico, Artístico, Cultural y Etnográfico de España. Como tal, es responsabilidad de los poderes públicos asegurar la libertad del creador y, en este caso, del desarrollo de cualquier expresión artística, como es la Tauromaquia, y el respeto hacia ella.
La fiesta de los toros y los espectáculos taurinos populares son algo vivo y dinámico, sujetos a constante evolución, sin que se puedan hacer conjeturas sobre de qué manera se adaptarán a las sensibilidades cambiantes de nuestros tiempos u otros venideros. Esto dependerá de que se mantenga la afición popular y de que la misma sea capaz de renovarse en las nuevas generaciones de aficionados que son los que, en su caso, deberán mantener, actualizar y conservar la fiesta de los toros. Pero en todo caso, será desde la libertad de la sociedad a optar y desde la propia libertad que significa la cultura, no cercenando el acceso a ésta.
Ahora bien, lo que sí podemos afirmar es que la Tauromaquia conforma un incuestionable patrimonio cultural inmaterial español, que no ostentamos en exclusiva, sino que compartimos con otros lugares como Portugal, Iberoamérica y el sur de Francia.
Asimismo, hay que resaltar que la Tauromaquia comprende todo un conjunto de conocimientos y actividades artísticas, creativas y productivas en torno al espectáculo taurino, que van desde la crianza y selección del toro de lidia, a la confección de la indumentaria de los toreros (los llamados trajes de luces), la música de las corridas, el diseño y producción de carteles, y que confluyen en la corrida de toros moderna y el arte de lidiar; y en un diálogo fluido y cercano entre público y artista.
Por tanto, el presupuesto de esta norma es la afirmación de que la Tauromaquia es cultura, que comprende otras facetas dignas de protección además del propio espectáculo que se concreta en la corrida de toros moderna y, por ello, el reconocimiento de la Tauromaquia como patrimonio cultural supera la mera «conexión de los espectáculos taurinos con el fomento de la cultura» que afirma la Exposición de Motivos de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas de espectáculos taurinos.
Pero, además del aspecto cultural, la Tauromaquia tiene una indudable trascendencia como actividad económica y empresarial, de dación de bienes y servicios al mercado, produce un flujo económico que se traduce en miles de puestos de trabajo.
El espectáculo taurino no es sino el eslabón final de un proceso en el que intervienen y se yuxtaponen diversas actividades económicas y sujetos productivos, desde los activos y recursos materiales y humanos dedicados a la cría del toro de lidia en el campo, hasta los activos y recursos materiales y humanos que intervienen en el espectáculo taurino propiamente dicho.
La Tauromaquia constituye un sector económico de primera magnitud, con una incidencia tangible en ámbitos diversos y dispersos como son el empresarial, el fiscal, el agrícola-ganadero, el medioambiental, el social, el alimentario, el industrial o el turístico, entre otros.
En consecuencia, corresponde al Estado ordenar y fijar las directrices y criterios globales de ordenación del sector taurino, en su doble e inseparable aspecto de patrimonio cultural de carácter nacional y de sector económico y sistema productivo propio y bien delimitado en su contenido.
La Tauromaquia es un conjunto de actividades que se conecta directamente con el ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas amparados por nuestra Constitución, como son las de pensamiento y expresión, de producción y creación literaria, artística, científica y técnica. Y resulta evidente que la Tauromaquia, como actividad cultural y artística, requiere de protección y fomento por parte del Estado y las Comunidades Autónomas.
Es necesario contemplar la protección y regulación de tan importante Patrimonio Cultural, Artístico, Social y Económico como una actividad de todos los poderes públicos para el servicio a los ciudadanos, por mandato de lo dispuesto en el artículo 44 de la Constitución, pues aquellos deben promover y tutelar el acceso a la Cultura, a la que todos tienen derecho, y en el artículo 46, que impone a los poderes públicos la obligación de garantizar su conservación y promover su enriquecimiento, así como el de los elementos que los integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. Por último, debe concluir esta referencia constitucional con la cita del artículo 149.2, que expresa la preocupación del legislador constituyente por la preservación y progreso de los valores culturales de la sociedad española, y que impone al Estado la obligación de considerar el servicio de la cultura como un deber y atribución esencial.
El objeto de la Ley es delimitar la Tauromaquia como parte del patrimonio cultural digno de protección en todo el territorio nacional. Esto trae como consecuencia, en un marco de colaboración entre las diferentes Administraciones Públicas, un deber general de protección y, a su vez, unas medidas de fomento y protección en el ámbito de la Administración General del Estado.
Artículo 1. Concepto de Tauromaquia.
A los efectos de esta Ley, se entiende por Tauromaquia el conjunto de conocimientos y actividades artísticas, creativas y productivas, incluyendo la crianza y selección del toro de lidia, que confluyen en la corrida de toros moderna y el arte de lidiar, expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo español. Por extensión, se entiende comprendida en el concepto de Tauromaquia toda manifestación artística y cultural vinculada a la misma.
Artículo 2. Tauromaquia como patrimonio cultural español.
La Tauromaquia, en los términos definidos en el artículo 1, forma parte del patrimonio cultural digno de protección en todo el territorio nacional, de acuerdo con la normativa aplicable y los tratados internacionales sobre la materia.
Artículo 3. Deber de protección.
En su condición de patrimonio cultural, los poderes públicos garantizarán la conservación de la Tauromaquia y promoverán su enriquecimiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Constitución.
Artículo 4. Participación y colaboración entre las Administraciones Públicas.
Para el cumplimiento de los fines a que se refiere el artículo 3, la Comisión Nacional de Asuntos Taurinos, creada por la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, se constituye, bajo la presidencia del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en órgano de participación y colaboración de las Administraciones Públicas con competencias sobre la Tauromaquia y de los sectores vinculados a la misma, con la composición y funcionales que reglamentariamente se determinen.
Artículo 5. Medidas de fomento y protección en el ámbito de la Administración General del Estado.
1. De conformidad con lo establecido en los artículos 46 y 44, 149.1, reglas 1.ª y 28.ª, y 149.2 de la Constitución, es competencia de la Administración General del Estado, garantizar la conservación y promoción de la Tauromaquia como patrimonio cultural de todos los españoles, así como tutelar el derecho de todos a su conocimiento, acceso y libre ejercicio en sus diferentes manifestaciones.
2. Para lograr los fines a que se refiere el apartado anterior, el Gobierno desarrollará las siguientes medidas:
a) La aprobación de un Plan Nacional, en el que se recogerán medidas de fomento y protección de la Tauromaquia, garantizando el libre ejercicio de los derechos inherentes a la misma.
b) El impulso de los trámites necesarios para la solicitud de la inclusión de la Tauromaquia en la lista representativa del Patrimonio Cultural inmaterial de la Humanidad a que se refiere el artículo 16 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural inmaterial aprobada el 17 de octubre de 2003 en París por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
c) La actualización de la normativa taurina, a través del marco de colaboración de la Comisión Nacional de Asuntos Taurinos.
d) El impulso de normas y actuaciones que fomenten el principio de unidad de mercado, responsabilidad social y libertad de empresa en el ámbito de la Tauromaquia, en consideración a los beneficios económicos, sociales y medioambientales que esta actividad genera.
e) El impulso y fomento, en colaboración con las restantes Administraciones Públicas, de los mecanismos de transmisión de los conocimientos y actividades artísticas, creativas y productivas que confluyen en la corrida de toros y el arte de lidiar. Así como potenciar otras medidas de identificación, documentación, investigación, valoración y transmisión de este patrimonio en sus distintos aspectos.
Disposición final primera. Reformas normativas y desarrollo reglamentario.
En el plazo máximo de tres meses desde la aprobación de la presente Ley, el Gobierno impulsará las reformas normativas necesarias para recoger, dentro de la legislación española, el mandato y objetivos de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.
El artículo 12 de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, queda redactado como sigue:
«Artículo 12. Comisión Nacional de Asuntos Taurinos.
Se crea la Comisión Nacional de Asuntos Taurinos con la composición, funciones y procedimiento de actuación que reglamentariamente se determinen.
La Comisión se constituye, bajo la presidencia del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en órgano de participación y colaboración de las Administraciones Públicas con competencias sobre la Tauromaquia y de los sectores vinculados a la misma.»
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Esta Ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 12 de noviembre de 2013.
JUAN CARLOS R.
 
El Presidente del Gobierno,
MARIANO RAJOY BREY


viernes, 6 de septiembre de 2013

MADRID, FERIA DE OTOÑO Y DIA DE LA HISPANIDAD
Madrid, 3 de octubre 2013
Novillada con Picadores
Novillos de El Ventorrillo
para
Javier Jiménez
(de Espartinas, Sevilla)
Juan Ortega
(de Sevilla)
Sergio Felipe
(de Albacete)
 
 
 
 Madrid, 4 de octubre 2013
Corrida de Toros
Toros de Victoriano del Río
para 
El Cid
(de Salteras, Sevilla)
Iván Fandiño
(de Orduña, )Vizcaya
Sebastián Ritter
(de Medellín-Antioquia, Colombia)
(que tomará la alternativa)
 
 
 
Madrid, 5 de octubre 2013
Corrida de TorosToros de
Madrid, 5 de octubre 2013
Corrida de TorosToros de
Puerto de San Lorenzo
para
Alberto Aguilar
(de Madrid)
Joselito Adame
(de México, México)
Jiménez Fortes
(de Málaga)
 
 
 
Madrid, 6 de octubre 2013
Corrida de Toros
Toros de
Adolfo Martín
para
Antonio Ferrera
(de Bunyola, Baleares)
Javier Castaño
(de Salamanca)
Iván Fandiño
(de Orduña, Vizcaya)
 
 
 
Madrid, 12 de octubre 2013
Corrida de Toros
Toros de
José Luis Pereda
Luis Bolívar
(de Cali, Colombia)
Paco Ureña
(de Lorca, Murcia)
Sergio Flores
(de Tlaxcala, México)